Fallo testigo para un hombre que grabó a su pareja teniendo sexo sin consentimiento

La medida dictada por un Juzgado porteño determinó que el acusado no solo elimine y no pueda difundir los videos donde aparece la mujer, sino que también lo obligó a someterse a un tratamiento psicológico especializado en violencia de género.

La Justicia porteña falló a favor de una mujer, quien fue grabada por su pareja mientras mantenían relaciones sexuales y ordenó al hombre a tener que someterse a un tratamiento psicológico especializado en violencia de género.

A su vez, el acusado deberá eliminar los videos que tenga con la mujer de contenido sexual y tiene prohibido "difundir, divulgar o exhibir en medios gráficos, radiales, televisivos, portales de Internet o plataformas digitales" las grabaciones, según decidió la jueza del Jugado Nacional en lo Civil N°38.

La demanda realizada por la víctima se debió en uno de los encuentros de la pareja, el hombre le propuso a la mujer "vendarle sus ojos, atar sus manos y mantener relaciones sexuales", mientras "grababa la escena con una cámara Go-Pro, que había colocado sin el consentimiento de la mujer", explicó sobre el fallo el fiscal federal Maximiliando Hairabedian, quien compartió los detalles de esta decisión a través de Twitter.



"La jueza sostuvo que fue un caso de violencia de género digital 'una nueva forma de violencia contra las mujeres, relacionada con el alcance cada vez más amplio de internet, la rápida propagación de la información móvil, el uso generalizado de las redes sociales'", agregó Hairabedian.

Se trata de un fallo que servirá como caso testigo para otras mujeres que pasaron o pasan por la misma situación, ya que se contempla que este tipo de violencia, ejercida a través de los dispositivos tecnológicos, también es un "delito".

"En los últimos años puede encontrarse una nueva forma de violencia contra las mujeres relacionada con el alcance cada vez más amplio de internet, la rápida propagación de la información móvil, el uso generalizado de las redes sociales, aparece cada vez más -si se quiere como forma novedosa de la violencia de género- y si bien tiene características propias no deja de reflejar jerarquía de poder entre agresor y su víctima", reza el fallo.

En ese sentido, se hace hincapié en que "el solo hecho de que un tercero posea un archivo de video donde ella es protagonista puede importar que el mismo de distribuirse importe para la nombrada una gravísimo perjuicio. Ello sin contar el temor potencial en cuanto a su eventual reproducción generándole un tipo de agresión o presión psicológica y moral que la afecta gravemente".


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